Sentencia N° 130 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de abril de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 130, Exp. C11-346, 24/04/2012
ExpedienteC11-346
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-04-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la abogada María Alejandra Chourio Sánchez, defensora del ciudadano Franquil Vicente Guerrero, condenado por abuso sexual a un niño. La Sala considera que las denuncias de la defensa sobre la falta de motivación y errónea interpretación de normas no son procedentes, ya que no se evidenció un análisis suficiente por parte de la Corte de Apelaciones. La decisión del tribunal de juicio fue confirmada, manteniendo la condena de quince años de prisión.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa, que en relación con el alegato referido a la violación del artículo 452 (numeral 2) del Código Orgánico Procesal Penal, cabe destacar que dicha norma se refiere a la “falta, contradicción o ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia, o cuando ésta se funde en prueba obtenida ilegalmente o incorporada con violación a los principios del juicio oral”, constituyendo uno de los fundamentos para la interposición del recurso de apelación, motivo por el cual no le es atribuible su transgresión a las Cortes de Apelaciones como tribunales de alzada. En el mismo sentido, denuncia conjuntamente las decisiones emanadas por el tribunal de juicio y la decisión dictada por la alzada, lo que representa una carencia en la técnica de interposición del recurso de casación, en virtud que la formalizante omite los requisitos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que en definitiva imposibilita comprender el carácter argumentativo de la denuncia y la solución que pretende la recurrente.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la abogada MARÍA ALEJANDRA CHOURIO SÁNCHEZ, en su condición de defensora del ciudadano FRANQUIL VICENTE GUERRERO, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, tipificado en el artículo 259 (primer aparte) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente.

Palabras clave

abuso sexualniñosjusticiajurisprudenciaresponsabilidadprotecciónderechos humanos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca