Sentencia N° 130 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de febrero de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 130, Exp. C07-517, 15/04/2011
ExpedienteC07-517
PonenteDr. PAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2011-02-07
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria de la sentencia número 26, dictada el 7 de febrero de 2011, presentada por YASNAÍA DE LAS NIEVES VILLALOBOS MONTIEL. La solicitante planteó dudas sobre la fase procesal a la que se repone la causa y los actos desde los cuales se reordena el proceso, así como el alcance de estos. La Sala determinó que la solicitud era improcedente, ya que la sentencia original era clara y no requería aclaración.

Extracto de la motiva

La facultad de aclaratoria dada legalmente al juez o jueza con respecto a la decisión que ha asumido, solamente se limita a desarrollar con mayor claridad algún aspecto que conlleve a ambigüedad u origine una falta de concreción de su pronunciamiento judicial. Razón por la cual esta Sala debe enfatizar que de forma precisa, diáfana y sin lugar a dudas la sentencia número 26 dictada el siete (7) de febrero de 2011, anula un acto procesal concreto (sentencia No. 1708-06 del doce (12) de mayo de 2006, emanada del Juzgado Duodécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia), como también todos los actos sucesivos a dicho pronunciamiento, reponiéndose en consecuencia al estado de celebración de la audiencia preliminar ante tribunal distinto de los que han conocido la causa. Debiéndose apreciar el hecho que consta en autos (folio 1381 de la pieza número 4-4), relativo al Acta de Defunción Nro. 194, emitida por la Jefatura Civil de la Parroquia Juana de Ávila, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. No conociéndose los recursos de casación dada la nulidad y reposición acordada, ya que los mismos derivaban de actuaciones declaradas sin efecto jurídico, e igualmente por cuanto los nuevos pronunciamientos que deben verificarse en la causa podrían desvirtuar argumentos expuestos en los recursos, y para los cuales una decisión distinta afectaría su fundamento legal.

Dispositiva

Con fundamento a los argumentos expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la aclaratoria solicitada. Téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia número 26 dictada por la Sala de Casación Penal el siete (7) de febrero de 2011. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.

Palabras clave

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