Sentencia N° 128 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de marzo de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 128, Exp. C25-852, 06/03/2026
ExpedienteC25-852
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-03-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó los recursos de casación interpuestos por los defensores de los ciudadanos YONATHAN ANTONIO GUITIÁN GUTIÉRREZ, MARÍA CAROLINA MARTÍNEZ BLANCO y MAIKEL MANUEL PÉREZ BLANCO, quienes habían sido condenados a quince años de prisión por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar los recursos de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Sala consideró que los recursos no cumplían con los requisitos legales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, lo que llevó a la decisión de desestimar los mismos.
Extracto de la motiva
La motivación de una sentencia comporta un silogismo judicial el cual debe bastarse por sí mismo; el Juez de Primera Instancia en función de Juicio tiene como obligación, luego de concluido el debate probatorio, conformar una sentencia con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, cumpliendo con una motivación adecuada, explicar de qué manera y bajo qué supuestos llegó a la plena convicción de que un ciudadano es culpable del hecho que se le acusa, no evidenciarse en el presente caso motivación alguna, por el contrario se constata la ligereza con la cual la Juez en función de Juicio procedió a publicar el texto de integro de una sentencia totalmente inmotivada. La sentencia N° 1440, de fecha 12 de julio de 2007, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Exp. N° 07-287, respecto al vicio aquí constatado, desarrollado: (…) Precisado lo anterior, observa esta defensa que en efecto se ha configurado el vicio constatado, toda vez Corte de Apelaciones Sala Novena (N° 9) del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas confirma la sentencia del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Décimo Noveno (19) del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, no motivó, como en Derecho corresponde, su dictamen judicial. En igual sentido, en lo concerniente a la inmotivación de la sentencia, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia señaló, mediante sentencia de fecha 8 de octubre de 2013, lo siguiente: (…) En total consonancia con la decisión antes señalada y la motivación desarrollada en el texto de la presente decisión, esta defensa, una vez constatado el vicio de inmotivación, da origen ciudadanos magistrados a que se ANULE DE OFICIO y así solicito ciudadanos magistrados con todo el debido respeto que el fallo publicado en fecha 16 de septiembre de 2025, por la Corte de Apelaciones Sala Novena (N° 9) del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la cual confirma la sentencia del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Décimo Noveno (19) del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y condena, a mi patrocinado como lo es el ciudadano YONATHAN ANTONIO GUITIAN GUTIÉRREZ plenamente identificado en auto, todo ello en razón de la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN MAYOR CUANTÍA, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
Dispositiva
Se desestiman por manifiestamente infundados los recursos de casación ejercidos el primero, el 10 de octubre de 2025, por el abogado José Laguado, y el segundo, el 15 de octubre de 2025, por la abogada Silvana Franco, en contra de la decisión de fecha 16 de septiembre de 2025, emitida por la Sala Nueve de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
tráfico ilícitosustancias estupefacientesrecursos de casaciónsentenciaCorte de Apelaciones