Sentencia N° 128 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de abril de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 128, Exp. C05-0527, 04/04/2006
ExpedienteC05-0527
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-04-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, dictó sentencia el 4 de abril de 2006, declarando sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Javier Alberto Larez Pérez, condenado por robo agravado y privación ilegítima de libertad. La Corte de Apelaciones había modificado la sentencia original, reduciendo la pena a 12 años de presidio. La defensa alegó errores en la calificación del delito, pero la Sala determinó que se respetaron los derechos del acusado y que no hubo indefensión.

Extracto de la motiva

La defensa denuncia un error en la calificación del delito, alega que una vez anunciado el cambio de calificación del mismo, de robo agravado a concusión violenta, previstos el primero en el artículo 458 (antes 460) del Código Penal y el segundo en el artículo 60 de la Ley contra la Corrupción, la juez al dictar su sentencia condenó por el delito de robo agravado omitiendo todo pronunciamiento sobre el delito de concusión. La Corte de Apelaciones al resolver el recurso de apelación expresa al folio 30 y siguientes de la pieza 3 lo siguiente: '…Igualmente alega el defensor que el Tribunal de Juicio una vez finalizada la recepción de pruebas advirtió sobre la posibilidad de una nueva calificación jurídica, a tenor de lo pautado en el artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que solicitó la suspensión del mismo y ésta le fue acordada a los fines de prepararse según la nueva calificación jurídica que para ese momento anunció la ciudadana Juez, cual era la de los delitos de Concusión Violenta, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción y la Privación Ilegítima de Libertad, previsto y sancionado en el artículo 177, relación con el primer aparte del artíclo 176 ambos del Código Penal. Que el juicio se reanudó en fase de conclusiones y al finalizar el mismo, fue declarado cerrado el debate oral y público, y que la ciudadana Juez al dictar sus pronunciamientos en la Sentencia, olvidó que había anunciado una nueva calificación jurídica, y condenó al ciudadano Javier Alberto Lárez Pérez por los delitos de Robo Agravado y Privación Ilegítima de Libertad, violándose el Debido Proceso, Derecho a la Defensa, la Tutela Judicial Efectiva, normas de rango constitucional, a saber artículo 49, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y normas adjetivas, específicamente los artículos 1, 12 y 363 todos del Código Orgánico Procesal Penal.'

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

robo agravadoprivación ilegítima de libertadconcusión violentaderecho a la defensadebido procesoCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelaciones

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