Sentencia N° 128 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de abril de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 128, Exp. C03-0398, 29/04/2004
ExpedienteC03-0398
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-04-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Estado Aragua declaró sin lugar el recurso de apelación de Franklin Julián Camacho Franco, condenado por homicidio intencional. La defensa argumentó que el hecho ocurrió en legítima defensa, ya que el acusado fue atacado por un intruso con un machete. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, encontró que el acusado actuó en exceso de defensa, pero consideró que la calificación del delito debía ser modificada a homicidio preterintencional, absolviendo al acusado de homicidio intencional.

Extracto de la motiva

La Sala considera procedente desestimar, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa, de conformidad con lo previsto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara. En atención a lo dispuesto en los artículos 257 de la Constitución y 13 del Código Orgánico Procesal Penal y, no obstante la indebida fundamentación del recurso, la Sala ha revisado el fallo dictado por el juzgador de juicio y encuentra que el mismo contiene una infracción de ley, no advertida por la Corte de Apelaciones ni tampoco fue objeto del recurso propuesto, la cual pasa a considerar en los siguientes términos: La Corte de Apelaciones, de conformidad con los artículos 524 y 527 del Código Orgánico Procesal Penal, estableció los siguientes hechos: “El día 26 de marzo de 1992, en horas de la madrugada, el ciudadano Franklin Julián Camacho Franco se encontraba en su casa cuando se introdujo al garaje de la misma un sujeto (José Carrero Areinamo), quien portaba un machete en la mano izquierda, por lo cual, Camacho Franco, le dio la voz de alto, haciendo aquél caso omiso, encontrándose el acusado en la necesidad de efectuar varios disparos en contra de Carrero Areinamo”.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa, anula, de oficio, el fallo dictado por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Aragua de fecha 30 de octubre de 1998, así como la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la referida entidad federal del 21 de julio de 2003 y absuelve al acusado Franklin Julián Camacho Franco, venezolano, con cédula de identidad Nº 8.823.020, del delito de homicidio, previsto en el artículo 407 del Código Penal, por haber obrado en situación de legítima defensa.

Palabras clave

homicidiolegítima defensaexceso en la defensaCódigo Penalcasaciónagresión ilegítimajustificacióndefensa propia

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