Sentencia N° 127 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de abril de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 127, Exp. C10-217, 05/04/2011
ExpedienteC10-217
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-04-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública MILETZI BUENO RAMÍREZ en representación de LAURA MILAGROS PINEDA. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia de primera instancia sin motivar adecuadamente su decisión, lo que constituyó un vicio de inmotivación y violación del derecho al debido proceso. La Sala anula la decisión de la Corte de Apelaciones y ordena que otra sala del mismo circuito judicial resuelva el recurso de apelación de manera motivada.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones omitió establecer con argumentación jurídica propia, las razones que tuvo para considerar que el fallo dictado por el Tribunal de Instancia se encontraba motivado y en consecuencia declaraba sin lugar la apelación interpuesta. En efecto, de la lectura hecha al fallo de Alzada, observa esta Sala de Casación Penal, que la decisión dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, no hizo más que repetir los argumentos dados por el tribunal de juicio, llegando incluso en ocasiones a resolver los planteamientos expuestos por la defensa, a través de la reproducción de los argumentos señalados en la sentencia dictada por la instancia.

Dispositiva

1) Declara CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la profesional del derecho MILETZI BUENO RAMÍREZ, Defensora Pública Septuagésima Séptima (77º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su condición de Defensora de la ciudadana LAURA MILAGROS PINEDA. 2) ANULA la decisión dictada por la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 12 de mayo de 2010. 3) ORDENA remitir el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la distribución de la presente causa a otra Sala del mismo Circuito Judicial Penal, para que dicte sentencia que resuelva el recurso de apelación ejercido por la Defensa Pública de la ciudadana LAURA MILAGROS PINEDA, con prescindencia del vicio que ha dado lugar a la nulidad.

Palabras clave

falta de motivacióndebido procesotutela judicialCorte de Apelacionesresponsabilidad penalCódigo Orgánico Procesal PenalConstituciónanálisis de pruebas

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