Sentencia N° 126 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de marzo de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 126, Exp. A22-60, 30/03/2022
ExpedienteA22-60
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2022-03-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Martha Del Carmen López Bastardo, actuando como defensora privada del ciudadano Cosme Damián Peña. La decisión se fundamenta en la inepta acumulación de pretensiones, ya que la solicitud incluía tanto el avocamiento como la radicación, figuras incompatibles entre sí. Se resalta que el debido proceso y la tutela judicial efectiva no fueron garantizados en el circuito judicial correspondiente.

Extracto de la motiva

motivada cuaderno separado folio 33 asunto GP01-P-2019-007483 séptimo de control, se libra orden de aprehensión en lugar de ser citado para imputar y tener el lapso para su defensa de investigación en libertad, pues el siempre estaba a derecho por ser víctima. En esa misma fecha mi representado se presenta ante la Delegación Municipal del CICPC de Las Acacias El 20 de noviembre del 2019, EXPEDIENTE GJ01-2019-000007 TRIBUNAL 7MO EN FUNCIONES DE CONTROL ESTADAL.MUNICIPAL DE VALENCIA ESTADO CARABOBO se realiza audiencias de presentación de aprehendido de COSME DAMIAN PENA y la defensa que lo asistió en ese momento se solicita medida cautelar y aparece ROXANA ROSCIANO como víctima, sin que esta lo haya denunciado previamente, ni se demuestra en el curso de la investigación relación alguna entre estos dos ciudadanos. Es decir no existe la cualidad de víctima de esta ciudadana ni de ningún otro con respecto al Sr Damian PEÑA En virtud de la autorización de aprehensión realizada en fecha 18-11- 2019 el día 19-11-2019 ratificar orden de aprehensión a DAMIAN. EN LA AUDIENCIA DE APREHENSION DEL SR DAMIAN DE FECHA 20/11/2019 CON EL DELITO DE ESTAFA SIMPLE Y CONCURSO REAL DE DELITOS LE COLOCAN FIADORES CON 5 SALARIOS MINIMOS. EL MINISTERIO PUBLICO imputada al sr DAMIAN falsa atestación y simulación de hecho punible sin hacer actos conclusivos que demuestren esos hechos para cambiar la cualidad de victima a imputado, ni IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 34 determinar cuales fueron las circunstancia de derecho en que se fundamenta para esta imputación y posterior acusación sin acerbo probatoria por lo que en un eventual juicio no tendría pronostico de condena. En fecha 20 de Diciembre del 2019 , el Ministerio Publico PRESENTA ACUSACION CONTRA LA CIUDADANA KIONERYS CHAIVEZ, ante el tribunal 5to de control de Valencia expediente MP 287634-2019 CAUS GP01-P-2019-7101 donde consta en el capitulo III RELACION CLARA, PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS

Dispositiva

INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO interpuesta por la abogada MARTHA DEL CARMEN LÓPEZ BASTARDO inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55981, actuando con el carácter de Defensora Privada del ciudadano COSME DAMIÁN PEÑA PÁEZ, titular de la cédula de identidad № 6129933, del proceso penal seguido ante el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, expediente identificado con el alfanumérico GP01-P-2019-7101, por inepta acumulación de pretensiones.

Palabras clave

avocamientoinepta acumulaciónderecho a la defensatutela judicial efectiva

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