Sentencia N° 125 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de abril de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 125, Exp. C13-33, 10/04/2013
ExpedienteC13-33
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-04-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Carlos Javier Orellana García, quien había sido condenado a ocho años de prisión por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La defensa alegó violaciones al derecho a la defensa y al debido proceso, argumentando que la Corte de Apelaciones no se pronunció sobre la apreciación de las pruebas presentadas. Sin embargo, la Sala concluyó que la recurrente no expuso de manera motivada los vicios denunciados, limitándose a cuestionar la decisión del Tribunal de Primera Instancia.

Extracto de la motiva

La recurrente en su recurso de casación, denunció violación de ley por falta de aplicación del artículo 49 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara: “(…) sólo se limita a responder y decidir sobre la Inmotivación denunciada, dejando un vacío inmenso al no pronunciarse sobre lo peticionado en relación a la apreciación de las pruebas (…)”. De la lectura de la denuncia se evidencia que la defensa del ciudadano CARLOS JAVIER ORELLANA GARCÍA, atribuye a la recurrida la violación de normas constitucionales que consagran el derecho al debido proceso (artículo 49.1), así como de normas legales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal (artículo 12), que establecen principios y garantías procesales, pero omite señalar de qué manera la Corte de Apelaciones incurrió en el vicio denunciado, limitándose a indicar que incurrió en falta de aplicación de dichas normas, sin otros argumentos que justifiquen o motiven su pretensión.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada Rocío del Valle Valbuena, Defensora Pública Sexta Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en su carácter de Defensora del ciudadano CARLOS JAVIER ORELLANA GARCÍA. Así se decide.

Palabras clave

derecho a la defensapresunción de inocenciavaloración de pruebastestigosjuicio oralCorte de Apelacionessentenciadelito

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