Sentencia N° 123 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de abril de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 123, Exp. C04-0004, 27/04/2004
ExpedienteC04-0004
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-04-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala N° 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación del Ministerio Público contra la conmutación de pena impuesta al acusado Luis Guillermo González Marcano. El abogado del Ministerio Público propuso recurso de casación, alegando infracciones a varios artículos del Código Orgánico Procesal Penal y del Código Penal, así como a la Convención Sobre Sustancias Psicotrópicas de Viena. La Corte de Apelaciones, sin embargo, consideró que la decisión no era recurrible en casación.

Extracto de la motiva

El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que el recurso de casación, sólo podrá ser propuesto contra las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años o la sentencia condene a penas superiores a esos límites. Asimismo, dispone que, dentro de los supuestos señalados, serán impugnables las decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación. En el presente caso se propuso recurso de casación contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar la apelación propuesta por el Ministerio Público contra la decisión del Juzgado de Ejecución que acordó la conmutación de la pena impuesta al acusado Luis Guillermo González Marcano. Tal decisión, conforme a las previsiones del citado artículo, no es recurrible en casación. En consecuencia, la Sala considera procedente desestimar, por inadmisible, el recurso de casación propuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

recurso de casaciónconmutación de penaMinisterio Públicodelito de posesión ilícitaCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelacionesinadmisiibilidad

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