Sentencia N° 122 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de marzo de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 122, Exp. C22-86, 30/03/2022
ExpedienteC22-86
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-03-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de marzo de 2022, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los abogados de Elvis José Romero Valderrama. Este recurso fue presentado contra la decisión de la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, que anuló de oficio todas las actuaciones posteriores al 30 de agosto de 2021, y ordenó la reposición de la causa para notificar a las partes sobre la sentencia condenatoria publicada en esa fecha. La Sala fundamentó su decisión en que la resolución impugnada no era recurrible en casación, ya que no confirmaba ni declaraba la terminación del proceso, ni hacía imposible su continuación. Se reiteró que el recurso de casación solo es procedente en ciertos supuestos establecidos por la ley, y en este caso, no se cumplían los requisitos necesarios para su admisión. Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, remitiendo el expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se interpuso recurso de casación contra el fallo publicado, por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, a través del cual, declaró la nulidad “(…) DE OFICIO todas las actuaciones celebradas con posterioridad al […] (30/08/2021), fecha en la cual el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, publicó in extenso la sentencia (la cual se mantiene incólume), en el proceso penal seguido contra el acusado Elvis José Romero Valderrama (…), de conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175, 179 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (…) REPONE la causa al estado en que sean debidamente notificadas todas las partes del contenido de la sentencia con

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los abogados ERNESTO DE JESÚS DURAN TABLANTE y JOSÉ LAURENCIO FIGUEREDO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los nros. 186.230 y 15.730, respectivamente, en su carácter de defensores del acusado ELVIS JOSÉ ROMERO VALDERRAMA, venezolano, titular de la cédula de identidad nro. 26.578.659, contra la decisión dictada el 13 de diciembre de 2021, por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas.

Palabras clave

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