Sentencia N° 121 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de abril de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 121, Exp. C03-0062, 01/04/2003
ExpedienteC03-0062
PonenteBELTRÁN HADDAD
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-04-01
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de JOSÉ ADOLFO GUERRERO RODRÍGUEZ, quien había sido condenado por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que llevó a la defensa a presentar el recurso de casación. La Sala observó que las denuncias presentadas no cumplían con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, siendo confusas e imprecisas.

Extracto de la motiva

En lo concerniente al recurso de casación, el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal estipula lo siguiente: “...Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios...”. El recurso de casación presentado no satisface las exigencias pautadas en el trascrito artículo 462. La primera denuncia es confusa e imprecisa, puesto que el impugnante atribuyó indistintamente vicios, tanto al tribunal de Juicio como a la Corte de Apelaciones. Tampoco expresó de qué manera la Corte de Apelaciones inobservó el numeral 2 del artículo 49 de la Constitución Nacional y el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal. Advierte la Sala que el recurrente alegó la existencia de una duda razonable en beneficio de su defendido. Tal alegato se insertaba en el único aparte del artículo 454 del derogado Código Orgánico Procesal Penal y establecía la procedencia del recurso de casación contra las sentencias dictadas por los suprimidos tribunales de jurados, cuando el veredicto de culpabilidad era emitido por mayoría y se apoyaba en pruebas insuficientes o en la errónea interpretación de las existentes. Por otra parte, la sentencia 1672, dictada por la Sala el 19 de diciembre del año 2000, anuló de oficio el fallo del Juzgado Décimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, constituido con jurados. En cuanto a la segunda denuncia, reiteró la violación del numeral 2 del artículo 49 de la Constitución Nacional y del artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, pero no indicó de qué manera la Corte de apelaciones inaplicó, aplicó indebidamente o interpretó erróneamente dichas disposiciones.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano imputado JOSÉ ADOLFO GUERRERO RODRÍGUEZ, contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, el 13 de diciembre de 2002. Así se decide. Así se decide. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

recurso de casacióntransporte ilícitosustancias estupefacientesviolación de leyderechos del imputadoCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelacionesduda razonable

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