Sentencia N° 119 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de abril de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 119, Exp. E18-86, 27/04/2018
ExpedienteE18-86
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2018-04-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano OZER MURAT, requerido por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte y asociación. Se establece que los delitos imputados son de naturaleza grave y no son políticos, cumpliendo con el principio de doble incriminación, ya que son tipificados tanto en la legislación venezolana como en la azerbaiyana.

Extracto de la motiva

motivan la presente solicitud no son políticos ni conexos con éstos; e) Principio de la territorialidad: Acorde a dicho principio el Estado venezolano tiene la facultad para juzgar los delitos cometidos dentro de su espacio geográfico, potestad que quedó demostrada en virtud de que los hechos por los cuales se solicita la extradición del ciudadano OZER MURAT, fueron cometidos en territorio de la República Bolivariana de Venezuela; f) Principio de la no entrega del nacional: Según el cual el Estado requerido no entregará a sus nacionales y en el presente caso, se solicita a la República de Azerbaiyán, la extradición activa del ciudadano OZER MURAT, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad nro. V- 23.251.700; g) Principios relativos a la pena: Según los cuales, no se concederá la extradición por delitos, que tengan asignada en la legislación del Estado requirente la pena de muerte o una pena perpetua, y tal como se determinó en el presente caso, el ciudadano requerido es procesado por delitos cuyas penas no exceden de treinta años de privación de libertad. Con base en las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano OZER MURAT, de nacionalidad venezolana, a la República de Azerbaiyán. Así se decide. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 22 de 26 De igual modo, la República Bolivariana de Venezuela asume el firme compromiso ante la República de Azerbaiyán, que al ciudadano OZER MURAT, se le seguirá juicio penal por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN, tipificado en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la Re

Dispositiva

PRIMERO: declara PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano OZER MURAT, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad nro. V-23.251.700, a la República de Azerbaiyán, por los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN, tipificado en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Palabras clave

extradicióntráfico de drogasasociación delictiva

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