Sentencia N° 118 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de abril de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 118, Exp. E13-35, 09/04/2013
ExpedienteE13-35
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2013-04-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano Gilberto Jesús Imery González, requerido por la presunta comisión de los delitos de Aprovechamiento de Fondos Públicos y Estafa. La decisión se fundamenta en la existencia de elementos suficientes que demuestran la participación del demandado en los hechos delictivos, así como en la vigencia de la acción penal y la no prescripción de los delitos imputados.
El Tribunal destacó que los delitos por los cuales se solicita la extradición son considerados graves y no son de naturaleza política, cumpliendo así con los requisitos establecidos en el Tratado de Extradición entre Venezuela y Estados Unidos. Además, se asumió el compromiso de garantizar el debido proceso y las garantías constitucionales al ciudadano requerido una vez sea extraditado.
Finalmente, se ordenó remitir copias certificadas de la decisión al Poder Ejecutivo Nacional para su cumplimiento, reafirmando la competencia de la Sala para conocer de la solicitud de extradición en virtud de las disposiciones legales aplicables.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al examinar la solicitud de extradición activa del ciudadano Gilberto Jesús Imery González, considera que se encuentran satisfechas las exigencias legales para su procedencia. En primer lugar, se verifica que el ciudadano requerido está imputado por delitos graves, específicamente Aprovechamiento de Fondos Públicos y Estafa, tipificados en la legislación venezolana. Asimismo, se establece que los hechos ocurrieron en el territorio nacional y que la acción penal no ha prescrito, dado que la orden de aprehensión fue dictada el 28 de febrero de 2012.
La Sala también resalta que los delitos imputados no son de naturaleza política, lo que permite la extradición conforme a los tratados internacionales suscritos por Venezuela. Además, se confirma que el ciudadano Gilberto Jesús Imery González se encuentra en Estados Unidos, lo que habilita la solicitud de extradición activa. En consecuencia, se declara con lugar la solicitud presentada por el Ministerio Público, asumiendo el compromiso de garantizar el debido proceso y las garantías constitucionales al ciudadano requerido.
Finalmente, se ordena remitir al Poder Ejecutivo Nacional las copias certificadas de la decisión, reafirmando la competencia de la Sala para conocer de la solicitud de extradición y la obligación de cumplir con las disposiciones legales pertinentes.
Dispositiva
PRIMERO: Declara PROCEDENTE solicitar al Gobierno de los Estados Unidos de América la EXTRADICIÓN ACTIVA del ciudadano GILBERTO JESÚS IMERY GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 11.305.414.
SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, que al ciudadano GILBERTO JESÚS IMERY GONZÁLEZ, se le seguirá juicio penal por la comisión de los delitos de Aprovechamiento de Fondos Públicos y Estafa, previstos en los artículos 74 de la Ley Contra la Corrupción y 462 del Código Penal, respectivamente, con las debidas garantías constitucionales, procesales-penales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
TERCERO: ORDENA remitir al Poder Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, copias certificadas de la presente decisión así como de las actuaciones que cursan en el expediente.
Palabras clave
extradiciónAprovechamiento de Fondos PúblicosEstafaGilberto Jesús Imery González