Sentencia N° 117 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de marzo de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 117, Exp. E16-45, 03/03/2016
ExpedienteE16-45
PonenteYanina Beatriz Karabin de Díaz
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2016-03-03
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano LAWRENCE LEMIS LOEBE PÉREZ, requerido por el Gobierno de los Estados Unidos por los delitos de fraude y hurto. Se determinó que la solicitud de extradición había sido desistida por las autoridades estadounidenses, quienes manifestaron su voluntad de no presentar la solicitud formal de extradición. En consecuencia, se decreta el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada contra el ciudadano mencionado.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal de acuerdo con lo establecido en los artículos 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 386 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir y al efecto observa: El 1° de febrero de 2016, se recibió ante la Secretaría de esta Sala de Casación Penal, expediente remitido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, contentivo de solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano LAWRENCE LEMIS LOEBE PÉREZ, basada, de acuerdo con lo expresado por el referido Juzgado en Función de Control, en su decisión de fecha 26 de diciembre de 2015, en “…una notificación roja, número A-2946/9-2014, fecha de publicación 07 de septiembre de 2014, por la comisión de los delitos de FRAUDE Y HURTO…”. La Secretaría de esta Sala de Casación Penal, mediante oficio N° 126 de fecha 10 de febrero de 2016, dirigido al Comisario General de la Dirección de la Policía Internacional (INTERPOL) del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, abogado Ramón Silva Torcat, solicitó la remisión de la Notificación de Alerta Roja Internacional “A-2946/9-2014 de fecha 7 de septiembre de 2014”. El Jefe de la División de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Comisario Mario Pacheco Báez, mediante oficio N° 9700-190-0912, del 11 de febrero de 2016, remitió a esta Sala de Casación Penal, la Notificación Roja Internacional A-2946/9-2009, de fecha 7 de septiembre de 2009, la cual fue publicada a solicitud de los Estados Unidos de América, en contra del ciudadano LAWRENCE LEMIS LOEBE PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 13.380.223, por los delitos de MODIFICACIÓN DE UN REGISTRO OFICIAL CON FINES FRAUDULENTOS y HURTO.

Dispositiva

PRIMERO: Que la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano LAWRENCE LEMIS LOEBE PÉREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.380.223, por estar requerido por el Gobierno de los Estados Unidos de América, según Notificación Roja Internacional A-2946/9-2009, de fecha 7 de septiembre de 2009, por los delitos de MODIFICACIÓN DE UN REGISTRO OFICIAL CON FINES FRAUDULENTOS y HURTO, ya fue resuelta por esta Sala de Casación Penal, mediante sentencia N° 98 de fecha 13 de marzo de 2015. SEGUNDO: Decreta el cese de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada contra el ciudadano LAWRENCE LEMIS LOEBE PÉREZ, el 26 de diciembre de 2015, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. TERCERO: Ordena al Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ejecutar la libertad sin restricciones del ciudadano LAWRENCE LEMIS LOEBE PÉREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad número 13.380.223. CUARTO: Ordena el archivo del expediente contentivo de la solicitud de detención con fines de extradición del ciudadano LAWRENCE LEMIS LOEBE PÉREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad número 13.380.223.

Palabras clave

extradiciónnotificación rojafraudehurto

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