Sentencia N° 115 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de marzo de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 115, Exp. C15-426, 02/03/2016
ExpedienteC15-426
PonenteYanina Beatriz Karabin de Díaz
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-03-02
DecisiónAnula de oficio

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula de oficio la sentencia dictada por la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Perfecto Ramón Gómez Gómez. La decisión de la Corte de Apelaciones fue considerada errónea, ya que no se fundamentó adecuadamente en las causales de inadmisibilidad establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, vulnerando así los derechos a la defensa y a la doble instancia del recurrente. La Sala ordena que otra Sala distinta conozca del recurso de apelación interpuesto.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado las actuaciones contentivas del expediente y ha constatado la violación del derecho a la defensa y a la segunda instancia, inherentes al debido proceso consagrado como garantía constitucional, en el artículo 49, numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por las razones siguientes: En el presente caso, la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de diciembre de 2014, declaró INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 428, en su literal “c”, en relación con el artículo 440, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano PERFECTO RAMÓN GÓMEZ GÓMEZ, con cédula de identidad N°9.969.571, sin asistencia legal, contra la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Séptimo (37°) de Control del referido Circuito Judicial Penal, el 2 de septiembre de 2014, que DECLARÓ CON LUGAR la solicitud fiscal de desestimación de denuncia, interpuesta por el ciudadano PERFECTO RAMÓN GÓMEZ GÓMEZ.

Dispositiva

1) ANULA DE OFICIO la sentencia dictada por la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de diciembre de 2014. 2) ORDENA remitir las actuaciones a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para su distribución a otra Sala distinta a la que emitió el fallo aquí anulado, a fin de que ésta conozca el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano PERFECTO RAMÓN GÓMEZ GÓMEZ, venezolano, con cédula de identidad N° 9.969.571. Así se decide.

Palabras clave

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