Sentencia N° 114 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de marzo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 114, Exp. C13-454, 16/03/2015
ExpedienteC13-454
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-03-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de marzo de 2015, homologó el desistimiento del recurso de casación interpuesto por Jesús Alejandro Marcano Márquez y desestimó el recurso de casación presentado por la defensa de Mauro Luis Rengel Carrillo. La Sala concluyó que las denuncias de la defensa eran infundadas, ya que no se evidenció la falta de motivación en la sentencia impugnada ni se demostraron los vicios alegados en la valoración de pruebas. Se reafirmó la competencia de la Sala para conocer del recurso y se destacó la importancia de la motivación en las decisiones judiciales.

Extracto de la motiva

La falta de resolución de un planteamiento, se traduce en una falta de motivación de sentencia, con lo cual se infringen las normas establecidas en los artículos 432, 157 y 364 (sic) numerales 3 y 4, todos del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales señalan que las Cortes de Apelaciones deben pronunciarse solo en cuanto a los puntos del fallo que ha sido impugnado, y que deberá resolver sus decisiones de manera fundada, es decir, motivadamente, expresando en forma clara y precisa, los fundamentos de hecho y de derecho, por los cuales adoptan su resolución; lo que denota con suficiencia la contrariedad del fallo impugnado con lo exigido en la legislación procesal penal, en cuanto a que el sentenciador debe exponer claramente el proceso lógico jurídico mediante el cual produce su decisión, evitando así las sentencias dictadas arbitrariamente. …

Dispositiva

HOMOLOGA el desistimiento del recurso de casación planteado por el acusado JESÚS ALEJANDRO MARCANO MÁRQUEZ y DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto, por la ciudadana abogada Norelys Mercedes Bruzual, defensora privada del ciudadano MAURO LUIS RENGEL CARRILLO, de conformidad con lo establecido en los artículos 431, 452, 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

motivaciónsentenciahomicidioderecho penalCódigo Orgánico Procesal Penalcontradicciónpruebasjusticia

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