Sentencia N° 114 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de marzo de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 114, Exp. C11-37, 29/03/2011
ExpedienteC11-37
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-03-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, decidió desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Jesús Daniel Díaz Sanguino, quien había sido condenado a quince años y quince días de prisión por delitos relacionados con sustancias estupefacientes y ocultamiento de arma de fuego. La defensa alegó errónea interpretación de la ley y falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, pero la Sala consideró que no se demostraron los vicios alegados.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: El recurrente en su denuncia alegó la errónea interpretación del artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que según su criterio el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, extensión El Vigía, y la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, no valoraron correctamente los testimonios de los ciudadanos Evangelina Gil Villasmil, Ana Mercedes, Julio Quintero y Joendrys José Pérez Márquez; y que además, la Corte de Apelaciones “(…) no entró a conocer el fondo del recurso planteado y estando obligada a resolver con suficiente claridad el motivo de la denuncia de la apelación, no fue suficiente clara de los motivos que le sirvieron de sustento a la decisión judicial, violando el derecho a una segunda Instancia (…)”. De lo alegado por el accionante la Sala advierte que el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, se refiere a la falta de motivación de la sentencia, es decir, la ausencia de motivación. Por otra parte, si el vicio alegado por el recurrente es la errónea interpretación del artículo ut supra, ha debido determinar en qué consistió el mismo, pues simplemente se limitó a enunciar tal circunstancia.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DESESTIMA por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por el defensor privado del ciudadano acusado JESÚS DANIEL DÍAZ SANGUINO, de acuerdo a lo previsto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal, al no estar llenos los extremos legales necesarios establecidos en el artículo 462, eiusdem. Así se declara.
Palabras clave
recurso de casaciónfalta de motivacióndelitos estupefacientes