Sentencia N° 112 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de abril de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 112, Exp. C05-0027, 26/04/2005
ExpedienteC05-0027
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-04-26
DecisiónABSUELVE
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula las sentencias previas que condenaron a Miguel Ángel Castillo Gómez por homicidio intencional y lesiones graves, considerando que actuó en legítima defensa. Se argumenta que el acusado repelió una agresión ilegítima con un arma de fuego ante un ataque con armas por parte de los desalojados del fundo La Gran Familia. La Sala concluye que existió proporcionalidad entre el ataque y la defensa, lo que justifica la absolución del acusado.
Extracto de la motiva
La Sala observó una manifestísima injusticia, pues considera que el ciudadano acusado MIGUEL ÁNGEL CASTILLO GÓMEZ actuó según lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 65 del Código Penal, según se advierte en tal declaración puesto que plenamente demuestra que dicho ciudadano procedió en legítima defensa. El ordinal 3° del artículo 65 del Código Penal expresa: 'Artículo 65. No es punible: (...) 3º.- El que obra en defensa de su propia persona o derecho, siempre que concurran las circunstancias siguientes: 1ª Agresión ilegítima por parte del que resulta ofendido por el hecho. 2ª Necesidad del medio empleado para impedirla o repelerla. 3ª Falta de provocación, suficiente de parte del que pretenda haber obrado en defensa propia...'. En la actuación ejecutada por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL CASTILLO GÓMEZ cuando repelió la agresión de las personas que habían sido desalojadas del fundo La Gran Familia se advierte que salvaguardó el bien más preciado, su vida, ante el ataque con un arma de fuego que portaba el occiso y el machete que tenía el ciudadano JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ CAMEJO. Es obvio que existió proporcionalidad entre el bien jurídico sacrificado (la vida del occiso y las lesiones causadas al ciudadano JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ CAMEJO) y el bien jurídico salvaguardado (la vida del imputado) dado que los agresores utilizaron instrumentos capaces de causar lesiones graves o la muerte, constituyendo el arma (la escopeta) el único medio capaz de repeler tal ataque.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DE OFICIO ANULA las sentencias dictadas el 20 de julio de 2004 por el Juzgado N° 1 de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre y el 26 de octubre de 2004 por la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal y ABSUELVE al ciudadano acusado MIGUEL ÁNGEL CASTILLO GÓMEZ por los delitos de Homicidio Intencional y Lesiones Intencionales Graves. Se ordena librar la correspondiente boleta de excarcelación.