Sentencia N° 111 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de marzo de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 111, Exp. C10-388, 29/03/2011
ExpedienteC10-388
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-03-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Soan Ysmario Dimas Guerra, quien había sido condenado por homicidio intencional simple y porte ilícito de arma de fuego. La defensa alegó múltiples vicios en la valoración de pruebas y en la aplicación de normas procesales, así como la falta de motivación en las decisiones de los tribunales inferiores. Sin embargo, la Sala concluyó que las denuncias eran infundadas, reiterando que la valoración de pruebas corresponde al tribunal de juicio y no a la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la defensa de manera conjunta, adujo error en la interpretación del artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal y, omitió indicar de qué manera fue interpretada tal disposición por la recurrida y cuál es el correcto sentido que debió dársele, pues tal y como lo ha establecido la Sala de forma reiterada: '… cuando se denuncie la errónea interpretación de una disposición legal… el recurrente está obligado a señalar, cuál fue la interpretación dada a la norma que a su juicio fue infringida; porqué fue erradamente interpretada; cuál es la interpretación correcta, que según él debe dársele…'.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por las Defensoras del acusado SOAN YSMARIO DIMAS GUERRA.
Palabras clave
nulidadproceso penalderecho de defensaCódigo Orgánico Procesal Penalsentenciarecursostribunales