Sentencia N° 111 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de marzo de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 111, Exp. E96-0025, 28/03/2006
ExpedienteE96-0025
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2006-03-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano español EUGENIO BERRUTIABENGOA ZABARTE, presentada por el Gobierno de España. Se destacó que el solicitado no ha sido aprehendido por las autoridades venezolanas, lo que impide avanzar en el procedimiento de extradición. La Sala subrayó la necesidad de cumplir con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para proceder con la extradición.
Extracto de la motiva
Ahora bien, en el presente caso, el ciudadano español solicitado, no ha sido aprehendido por las autoridades, razón por la cual esta Sala considera que para proseguir con el procedimiento de extradición establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, se requiere de conformidad con lo pautado en el artículo 396 eiusdem, que se aprehenda al solicitado, de acuerdo con la solicitud hecha por el Ministerio Público al Tribunal de Control, para así poder convocar a una audiencia pública dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación del solicitado, a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el imputado, su defensor y el representante del gobierno requirente, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 399 ibidem, circunstancia que no se evidencia de autos, lo que impide resolver sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición requerida por el Gobierno de España.
Dispositiva
Así se declara expresamente. Publíquese, notifíquese, regístrese y archívese. Ofíciese lo conducente.