Sentencia N° 11 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de febrero de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 011, Exp. C12-343, 06/02/2013
ExpedienteC12-343
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-02-06
DecisiónADMITE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, admitió el recurso de casación interpuesto por el abogado JOSÉ RAMÓN EREU en representación de la ciudadana LICETT ENEDINA TORREALBA NELO, quien fue condenada por el delito de ocultamiento ilícito agravado de droga. La decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación fue cuestionada por la defensa, alegando vicios en la motivación de la sentencia. La Sala consideró que el recurso cumplía con los requisitos establecidos en la ley y convocó a una audiencia pública para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
El recurso de casación fue interpuesto por el ciudadano JOSÉ RAMÓN EREU, en representación de la acusada LICETT ENEDINA TORREALBA NELO, defensor facultado según lo dispuesto en el artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal. En este sentido, sólo podrán recurrir en contra de las decisiones judiciales las partes a quienes la ley reconozca expresamente este derecho. En el caso bajo análisis, en lo que respecta a la legitimación activa para recurrir, el recurso de casación fue interpuesto por el ciudadano JOSÉ RAMÓN EREU en representación de la acusada ciudadana LICETT ENEDINA TORREALBA NELO, defensor facultado según lo dispuesto en el artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes: 1) ADMITE el recurso de casación interpuesto por el ciudadano JOSÉ RAMÓN EREU, defensor de la ciudadana LICETT ENEDINA TORREALBA NELO, contra la decisión dictada el veinticinco (25) de abril de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. 2) CONVOCA a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30). Publíquese, regístrese y notifíquese.
Palabras clave
recurso de casaciónocultamiento ilícito de drogamotivación de la sentencia