Sentencia N° 11 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de enero de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 011, Exp. C08-390, 20/01/2009
ExpedienteC08-390
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-01-20
DecisiónADMITE
Resumen
La Corte de Apelaciones del Estado Lara declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el defensor público Carlos Enrique Cortez Riera contra la sentencia que condenó a Gustavo Enrique Lameda a 14 años y 6 meses de prisión por delitos de robo agravado, abuso sexual a adolescente y lesiones personales. Posteriormente, el defensor propuso un recurso de casación, alegando violaciones a la ley y falta de motivación en la sentencia. La Sala de Casación Penal del TSJ admitió las denuncias del recurso de casación y convocó a una audiencia pública para su discusión.
Extracto de la motiva
El recurrente en la primera denuncia, sin mencionar la disposición que considera infringida por parte de la Corte de Apelaciones, delata la violación de la ley alegando como fundamento de la misma que la sentencia dictada por el referido tribunal de juicio se encuentra inmotivada, toda vez que en criterio del impugnante, condenó al acusado de autos por el delito de robo agravado pese a no haber quedado demostrada su comisión en el debate, agregando de manera confusa lo siguiente: “Se evidencia indiscutiblemente de que la decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Lara, que ratifica la decisión del juzgado de juicio, carece de ilogicidad en la motivación de la sentencia, situación ésta que no fue advertida por la Corte de Apelaciones del Estado Lara” (síc).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley ADMITE las denuncias del recurso de casación propuesto por la defensa del acusado GUSTAVO ENRIQUE LAMEDA y, en tal sentido ORDENA se convoque a las partes para la correspondiente audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días.
Palabras clave
inmotivacióndebido procesoapelacióncalificación jurídicaderechos del acusado