Sentencia N° 109 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de febrero de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 109, Exp. C08-0023, 28/02/2008
ExpedienteC08-0023
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara inadmisible por extemporáneo el recurso de casación interpuesto por la defensa de GEOMAR JOSÉ MEDINA ÁLVAREZ. La decisión se basa en que el recurso fue presentado fuera del lapso de quince días establecido por el Código Orgánico Procesal Penal. La sentencia fue firmada y sellada el 28 de febrero de 2008.
Extracto de la motiva
La audiencia pública correspondiente para resolver el recurso de apelación fue celebrada en fecha 1° de noviembre de 2007, en la cual la Sala se acogió al lapso de ley (10 días) para la publicación de la sentencia, de acuerdo a lo previsto en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal (Folios 304 y 305). La sentencia fue publicada en fecha 14 de noviembre de 2007, dentro de los 10 días que establece el referido artículo 456 de la ley adjetiva penal (Folio 308). Así mismo, consta en las actas el cómputo de las audiencias realizado por el Secretario de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del mencionado Circuito Judicial Penal, donde se evidencia que a partir del día 15 de noviembre de 2007 inclusive hasta el día 6 de diciembre de 2007 inclusive transcurrieron 15 audiencias, siendo el 6 de diciembre de 2007 el día que venció el lapso para la interposición del recurso de casación (Folio 331). De lo anterior concluye la Sala, que el recurso de casación en la presente causa fue interpuesto fuera del lapso de quince días, que establece el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual debe declararse INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano GEOMAR JOSÉ MEDINA ÁLVAREZ. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.