Sentencia N° 109 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de abril de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 109, Exp. C03-0495, 13/04/2004
ExpedienteC03-0495
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-04-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Nelson Mendoza Contreras, condenado a 15 años de prisión por transporte ilícito de sustancias estupefacientes. La defensa solicitó la nulidad de las sentencias por inobservancia de derechos fundamentales y propuso un recurso de casación, alegando falta de valoración de pruebas. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, desestimó el recurso de casación por infundado, considerando que la decisión de la Corte de Apelaciones se ajustaba a derecho.
Extracto de la motiva
En relación con la solicitud de nulidad propuesta, esta Sala observa que de conformidad con el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos. Al estar previsto en el citado Código, la nulidad como medio de impugnación, dicha solicitud debe declararse inadmisible. Así se declara. Respecto a la infracción del artículo 364, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, planteada en el recurso de casación, esta Sala observa que el planteamiento de la denuncia referido a la omisión de análisis y valoración de la prueba promovida y evacuada ante la Corte de Apelaciones (declaración del testigo Miguel Ángel Guillén Rojas), no guarda relación con el citado numeral, el cual trata de la exposición concisa de los fundamentos de hecho y de derecho de la sentencia. Además, no indica el recurrente la relevancia del testimonio, cuya apreciación, según dice, omitió la recurrida, en el resultado del proceso. Por consiguiente, esta Sala considera procedente, desestimar, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por inadmisible, la solicitud de nulidad y por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado Nelson Mendoza Contreras. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
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