Sentencia N° 107 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de marzo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 107, Exp. C12-333, 16/03/2015
ExpedienteC12-333
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-03-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 354, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado Amado Antonio Molina Yépez, en representación de las víctimas. La decisión impugnada provenía de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que había declarado sin lugar un recurso de apelación contra el sobreseimiento de la causa dictado por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo circuito. La Sala fundamentó su decisión en la falta de tipicidad de los hechos denunciados, que no revestían carácter penal, y en la correcta aplicación de las normas procesales por parte del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

La motivación de las resoluciones judiciales cumple una doble función. Por una parte, da a conocer los argumentos que justifican el fallo y, por otra, facilita el control de la correcta aplicación del derecho. Como es sabido, la finalidad o la esencia de la motivación no se reduce a una mera o simple declaración de conocimiento sino que ha de ser la conclusión de una argumentación que ajustada al thema decidendum, permita tanto a las partes como a los órganos judiciales superiores y demás ciudadanos conocer las razones que condujeron al dispositivo del fallo, de manera tal que pueda comprobarse que la solución dada al caso es consecuencia de una interpretación racional del ordenamiento que escapa de lo arbitrario.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Casación propuesto por el abogado Amado Antonio Molina Yépez, en su carácter de apoderado judicial de los y las denunciantes: Antonio Serino Rongo, Alicia Judith Sindoni Faverola, Stefanino Greco Arlotta, Gianclaudio Giardina Amurri y Patricia Fiocco Mauriello, planteado, el 14 de septiembre de 2012, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua el 16 de agosto de 2012, mediante la cual declaró SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el mencionado apoderado, en contra de la decisión dictada, el 13 de abril de 2012, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal.

Palabras clave

casaciónpenalsobreseimientodenunciafalta de tipicidad

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