Sentencia N° 106 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de febrero de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 106, Exp. A07-0295, 28/02/2008
ExpedienteA07-0295
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admite la solicitud de avocamiento presentada por la defensa de Jorge Goicoechea Artiles, quien ha estado privado de libertad desde 2004 sin que se haya dictado sentencia en primera instancia. La defensa argumenta que no se le ha proporcionado un defensor debidamente juramentado y que ha habido graves dilaciones en el proceso. La Sala, al considerar la naturaleza de los alegatos y la competencia que le otorga la ley, decide avocarse al conocimiento del caso y solicitar el expediente original al tribunal de instancia para determinar la procedencia del avocamiento.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, de acuerdo con el numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, admite la solicitud de avocamiento presentada por la defensa del ciudadano JORGE GOICOECHEA ARTILES y acuerda solicitar, con la urgencia del caso, a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Los Teques, el expediente original y todos los recaudos relacionados con el mismo, a los fines de decidir si realmente procede o no a avocarse, de conformidad con lo dispuesto en el aparte décimo del artículo 18 eiusdem.

Dispositiva

La Sala de Casación Penal, de acuerdo con el numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, admite la solicitud de avocamiento presentada por la defensa del ciudadano JORGE GOICOECHEA ARTILES y acuerda solicitar, con la urgencia del caso, a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Los Teques, el expediente original y todos los recaudos relacionados con el mismo, a los fines de decidir si realmente procede o no a avocarse, de conformidad con lo dispuesto en el aparte décimo del artículo 18 eiusdem.

Palabras clave

avocamientohomicidio intencionalretardo procesaldefensor juramentadoderecho a la defensajusticia penalproceso penal

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