Sentencia N° 106 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de abril de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 106, Exp. C05-0067, 26/04/2005
ExpedienteC05-0067
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-04-26
DecisiónANULA DE OFICIO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anuló de oficio la decisión de la Sala Accidental de Reenvío de la Corte de Apelaciones, debido a un vicio en la motivación de la sentencia que absolvió al ciudadano Rafael Leonidas Landaeta Arizaleta por el delito de homicidio calificado. La Sala consideró que no se realizó un análisis adecuado de las pruebas presentadas en el caso, lo que llevó a una decisión inmotivada. Se ordenó remitir el expediente a otra Corte de Apelaciones para que se dicte una nueva sentencia.

Extracto de la motiva

En atención a lo dispuesto por los artículos 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la Sala ha revisado el fallo impugnado y considera que la Sala accidental de Reenvío de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, incurrió en un vicio en la motivación de la sentencia. La decisión de la Sala Accidental de Reenvío de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas configura un fallo inmotivado y por ello se anula, ya que los jueces no examinaron el contenido de todas las actas del expediente para poder formarse el criterio exacto acerca de si existe o no culpabilidad. De los elementos de convicción anteriormente mencionados aparecen circunstancias de hecho muy importantes que como tales debieron ser ponderadas por los juzgadores, de modo que no aparezca revestida de subjetivismo su sentencia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ANULA DE OFICIO la decisión dictada por la Sala Accidental Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana De Caracas. ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas a los efectos de su asignación a otra Corte de Apelaciones del mencionado Circuito Judicial Penal, para que dé cumplimiento a lo aquí ordenado. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

homicidio calificadonulidad de oficiomotivación de sentenciaanálisis de pruebasdecisión inmotivadaCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia

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