Sentencia N° 105 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de abril de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 105, Exp. C04-0109, 20/04/2005
ExpedienteC04-0109
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-04-20
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por la defensa de Carlos Eduardo Cardozo, condenado por robo agravado. La Corte de Apelaciones había confirmado la condena en primera instancia, lo que llevó a la defensa a impugnar la decisión. La Sala Penal del TSJ desestimó el recurso, argumentando que las denuncias presentadas por el recurrente eran infundadas y no cumplían con los requisitos establecidos por el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que el recurrente en casación debe cumplir las exigencias del artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, como, señalar en forma concisa la disposición legal infringida de aplicación o errónea interpretación. Además deberá expresar de qué modo impugna la decisión, indicando los motivos que hacen procedente el recurso y fundándolos separadamente. Por consiguiente la Sala desestima la denuncia por manifiestamente infundada según el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado JUAN CIPRIANO GUILLÉN, Defensor del ciudadano acusado CARLOS EDUARDO CARDOZO, contra la decisión dictada el 14 de enero de 2004 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar.
Palabras clave
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