Sentencia N° 103 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de marzo de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 103, Exp. C11-43, 22/03/2011
ExpedienteC11-43
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-03-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, revisó el recurso de casación interpuesto por la defensa de ÉDGAR ALEXANDER BRITO SANTANA, condenado a 17 años de prisión por los delitos de abuso sexual a adolescente y amenaza. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia, lo que llevó a la defensa a alegar inmotivación en la decisión. Sin embargo, el TSJ determinó que la Corte de Apelaciones cumplió con los requisitos de motivación y que las pruebas presentadas eran suficientes para sostener la condena.
Extracto de la motiva
La recurrente denunció: “(…)de conformidad con lo establecido en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal, (…) la infracción de la ley, por la falta de aplicación de los artículos 173 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela(…)” Para fundamentar su alegato, expresó: “(…)La defensa, denuncia la falta de aplicación del contenido del artículo 173 del texto adjetivo penal, por manifiesta inmotivación de la sentencia impugnada, que no obstante dedicar copiosas páginas a la trascripción íntegra de la sentencia dictada por el tribunal de juicio, no dio respuesta concreta a los planteamientos del recurso interpuesto que contra ella se hicieron, asumiendo los vicios denunciados de tal manera para sí. En efecto, en el capítulo intitulado MOTIVACIÓN PARA DECIDIR la Corte de apelaciones señaló:(…) La corte de apelaciones como tribunal colegiado, luego de haber realizado un resumen de la labor intelectual del tribunal de mérito, hace descansar la motivación de su fallo y razonamiento medular que resume la revisión realizada así: (…) De lo anterior es elocuente que la corte de apelaciones en forma genérica, señala una especie de revisión ad integrum de las actas, sin señalar a cuáles actos se refería y luego concluye que: (…) Y, sin aún entrar a establecer una labor motivadora autónoma, alude a la sentencia en forma igualmente desvinculada de una apropiada motivación y razonamiento jurídico comparativo, para simplemente referir que(…) De la transcripción anterior se evidencia, que la Corte de Apelaciones realiza un análisis escueto, sin hacer referencia directa en cuanto a lo alegado por las defensas en el recurso de apelación, en relación a los aspectos que fueron omitidos por el sentenciador a quo, lo que le hizo incurrir en inmotivación del fallo. La denuncia por falta de motivación de la recurrida, elevada ante esa Sala, surge toda vez que la corte de apelaciones ha debido resolver con un razonamiento propio y específico los alegatos planteados en el recurso de apelación y no dar un esbozo desnudo del fallo de primera instancia.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano ÉDGAR ALEXANDER BRITO SANTANA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
abuso sexualviolencia contra la mujercasacióninmotivación