Sentencia N° 103 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de abril de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 103, Exp. 04-0115, 01/04/2004
Expediente04-0115
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2004-04-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Francisco Boza en representación de Henrique Capriles Radonsky. La solicitud se fundamentó en la violación de derechos y garantías constitucionales durante el proceso penal en su contra, específicamente en relación al acceso a las actas del expediente y la designación de defensores. La Sala determinó que la orden de aprehensión dictada contra Capriles carecía de fundamento legal, dado que había atendido las citaciones del Ministerio Público y había designado defensores, lo que justificó el avocamiento del caso y la anulación de la orden de aprehensión.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el investigado atendió el llamado a comparecer requerido por el Ministerio Público, y rindió declaración como testigo. Asimismo, se presentó de manera voluntaria ante el Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a objeto de rendir declaración como imputado y de nombrar a sus defensores. De allí que la orden de aprehensión, solicitada por el Ministerio Público y acordada por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, no tiene fundamento legal, puesto que no concurren las condiciones previstas en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, en primer lugar, no hay atribución clara de los delitos por los cuales fue solicitada la aprehensión, así como tampoco fundados elementos de convicción procesal sobre la autoría o participación del imputado; y segundo, no se puede afirmar que existe en el presente caso peligro de fuga ni de obstaculización del proceso, por cuanto ha sido demostrado, como consta de autos, su voluntad de comparecer ante la autoridad competente. Su condición de Alcalde además, evidencia su arraigo en el país.
Dispositiva
PRIMERO: Se AVOCA al conocimiento de la presente causa; SEGUNDO: ANULA la orden de aprehensión emitida por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dictada en contra del ciudadano Henrique Capriles Radonsky; TERCERO: ORDENA remitir las actuaciones al Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que lo remita, previa distribución, a otro tribunal de control; CUARTO: ORDENA al tribunal que corresponda, permitir el acceso a las actas de las partes involucradas, y proceder de acuerdo con lo establecido en los artículos 49 de la Constitución vigente; 304 y 250 en relación con los artículos 251, 252, 256, 243 y 247 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
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