Sentencia N° 101 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de marzo de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 101, Exp. C26-82, 06/03/2026
ExpedienteC26-82
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-03-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por los abogados de Virginia Portilla, quien había sido absuelta de la acusación de apropiación indebida calificada. La Corte de Apelaciones había decretado la nulidad de la sentencia absolutoria y ordenado un nuevo juicio, lo que llevó a la defensa a impugnar dicha decisión. Sin embargo, la Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en relación a la impugnabilidad de la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
PRIMERO: Decreta de oficio la nulidad absoluta de la sentencia absolutoria dictada en fecha catorce (14) de marzo del año 2025 y publicada in extenso el siete (07) de abril del mismo año, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira Extensión San Antonio, de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Ordena la celebración de un nuevo juicio oral ante un Tribunal de la misma competencia y categoría, con prescindencia a los vicios aquí esgrimidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 425 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Declara inoficioso entrar a resolver el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-As-SP21-R-2025-000127 interpuesto en fecha diecinueve (19) de mayo del año 2025 (…) contra la sentencia absolutoria dictada en fecha catorce (14) de marzo del año 2025 y publicada in extenso el siete (07) de abril del mismo año, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira – Extensión San Antonio-.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los abogados Miguel Ángel Parra Villamizar y Jesús Arvey Suárez Peñaloza, en contra de la decisión publicada el 26 de agosto de 2025, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira.