Sentencia N° 101 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de abril de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 101, Exp. C13-57, 05/04/2013
ExpedienteC13-57
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-04-05
DecisiónDesestima por inadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de casación interpuesto por el abogado Henry Acero en representación de César Augusto González Vizcaya, contra una decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala analizó la admisibilidad del recurso, concluyendo que no era procedente debido a que la decisión recurrida no era de aquellas que pueden ser impugnadas en casación, ya que se trataba de una decisión interlocutoria y no definitiva. Por lo tanto, se desestimó el recurso por inadmisible.
Extracto de la motiva
La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal conozca los recursos de casación que se ejerzan contra las decisiones de las Cortes de Apelaciones o Cortes Superiores, se encuentra establecida en el artículo 29, numeral 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: 'Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia:… 2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal'. En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal pronunciarse sobre el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado HENRY ACERO, Defensor Público Primero adscrito a la Unidad Autónoma de la Defensa Pública Penal del Estado Táchira (extensión San Antonio), en representación del ciudadano CÉSAR AUGUSTO GONZÁLEZ VIZCAYA. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones señaladas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado HENRY ACERO, Defensor Público Primero adscrito a la Unidad Autónoma de la Defensa Pública del Estado Táchira (extensión San Antonio), en representación del ciudadano CÉSAR AUGUSTO GONZÁLEZ VIZCAYA, contra la decisión dictada el veintiocho (28) de noviembre de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
indefensióninmotivaciónderecho a la defensapresunción de inocenciaLey Orgánica de DrogasCódigo Orgánico Procesal Penaljusticiagarantías constitucionales