Sentencia N° 100 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de septiembre de 2021

TSJ/SCP, Sent. N° 100, Exp. E19-167, 30/09/2021
ExpedienteE19-167
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2021-09-30
DecisiónArchivar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 195, en la que se archiva el expediente de extradición del ciudadano JULIO CÉSAR GUARAMAIMA BASTARDO, solicitado por Brasil. La decisión se basa en la falta de presentación de la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria por parte del país requirente, a pesar de haber sido notificado en tiempo. Se ordena colocar al demandado a disposición del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira para continuar con el proceso en su contra.

Extracto de la motiva

Motiva la presente, dar acuse de recibo a su Oficio N° 537, de fecha 22 de agosto del 2019 y sobre el particular, remitir los datos filiatorios, las huellas decadactilares, las trazas y registro fotográfico correspondiente al serial de la cédula de identidad N° V-8.321.815 con los datos del ciudadano JULIO CÉSAR GUARAMAIMA BASTARDO…”, observándose que constan las siguientes actuaciones: ü Oficio N° 2144 de fecha 23 de agosto de 2019, donde se puede leer: “…Al respecto de su solicitud, se especifican en relación anexa el DATO FILIATORIO del ciudadano(a), respectivamente, SEGÚN LO CONTENTIVO EN LA TARJETA ALFABÉTICA, en virtud de contribuir con la investigación que adelante (sic) el despacho a su cargo. JULIO CÉSAR GUARARAIMA BASTARDO. // CÉDULA DE IDENTIDAD N°: V-8.321.815.// NOMBRE DE LOS PADRES: JULIO RAFAEL GUARARAIMA y MARÍA BASTARDO.// LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: MUNICIPIO GUANTA, ESTADO ANZOATEGUI EL 01/10/1962.// ESTADO CIVIL: CASADO CON: ANA CENOVIA DÍAZ ROJAS// DOCUMENTOS PRESENTADOS: PARTIDA DE NACIMIENTO N° 540 AÑO 1962, EXPEDIDA POR LA PREFECTURA DEL MUNICIPIO GUANTA, ESTADO ANZOATEGUI EL 15711/1983// ACTA DE MATRIMONIO N° 132 AÑO 1983, EXPEDIDA POR LA PREFECTURA DEL MUNICIPIO GUANTA,

Dispositiva

PRIMERO: DECRETA el ARCHIVO DEL EXPEDIENTE contentivo de la solicitud de detención, con fines de extradición del ciudadano JULIO CÉSAR GUARAMAIMA BASTARDO, de nacionalidad venezolana, y titular de la cédula de identidad número 8.321.815, por la República Federativa de Brasil, sin perjuicio que de presentarse la documentación judicial se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 390 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ORDENA COLOCAR A DISPOSICIÓN del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, al ciudadano JULIO CÉSAR GUARAMAIMA BASTARDO, de nacionalidad venezolana, y titular de la cédula de identidad número 8.321.815, a los fines de continuar con el proceso seguido en su contra. TERCERO: MANTIENE la privación judicial preventiva de libertad del ciudadano requerido.

Palabras clave

extradiciónJULIO CÉSAR GUARAMAIMA BASTARDOBrasil

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