Sentencia N° 10 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de marzo de 2020

TSJ/SCP, Sent. N° 010, Exp. E20-28, 13/03/2020
ExpedienteE20-28
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion Pasiva
Fecha de la decisión2020-03-13
DecisiónNotificar al Reino de España

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano Jackson Manuel Viez Tovar, requerido por el Reino de España por delitos de tráfico de drogas, pertenencia a organización criminal y blanqueo de capitales. Se establece que la solicitud formal de extradición no ha sido presentada, por lo que se notifica al Reino de España sobre el lapso perentorio de 40 días para que presente la documentación necesaria. En caso de no ser presentada, se ordenará la libertad del ciudadano requerido.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR La Sala de Casación Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial núm. 36.860, del 30 de diciembre de 1999, reimpresa en la Gaceta Oficial núm. 5.453, Extraordinario, del 24 de marzo de 2000, con enmienda publicada en Gaceta Oficial núm. 5.908 Extraordinario, de fecha 19 de febrero de 2009 (en adelante, “la Constitución”, o “la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”); artículo 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; artículo 6 del Código Penal, publicado en Gaceta Oficial núm. 5.763, Extraordinario, del 16 de marzo de 2005, reimpreso en Gaceta Oficial núm. 5.768, Extraordinario, del 13 de abril de 2005 (en adelante también “Código Penal”); artículos 382, 386 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la solicitud formal de extradición pasiva del ciudadano Jackson Manuel Viez Tovar, de nacionalidad venezolana e identificado con la cédula de identidad núm. 15.498.638.

Dispositiva

NOTIFICAR al Reino de España, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del lapso perentorio de cuarenta (40) días continuos que tiene, a partir de su efectiva notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria.

Palabras clave

extradiciónpasivadelitosINTERPOLEspaña

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