Sentencia N° 1 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de enero de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 001, Exp. C09-411, 20/01/2010
ExpedienteC09-411
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-01-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carlos Montoya Melo, confirmando la condena de diez años de presidio a Israel Antonio González Abad por homicidio intencional en grado de frustración. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación que fue declarado inadmisible por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, debido a que fue presentado fuera del plazo establecido por la ley.

Extracto de la motiva

La Sala constató que a los folios 135 a 137 de la Pieza N° 2 del expediente de la presente causa, cursa escrito de apelación presentado por el ciudadano abogado Carlos Montoya Melo, el 17 de septiembre de 2007, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal del estado Guárico, el 2 de agosto de 2007, el cual fue admitido el 23 de noviembre 2007, según se evidencia en auto inserto a los folios 146 y 147 de la misma pieza del expediente. Posteriormente, el 15 de enero de 2008, se celebró la correspondiente audiencia oral de apelación a la que se refiere el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal, levantándose la correspondiente Acta de Audiencia, la cual se encuentra cursante a los folios 156 al 158 de la Pieza N° 2 de la causa, donde se evidencia la comparecencia de todas las partes, incluyendo el imputado y, su abogado defensor para ese momento, el ciudadano Carlos Montoya Melo. El 30 de enero de 2008, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, dictó la decisión correspondiente, la cual le fue notificada al condenado, previo su traslado desde su lugar de reclusión, el 8 de febrero 2008 (Folio 175 de la Pieza N° 2 de la presente causa). Por otra parte, riela al folio 176 de la Pieza N° 2 del expediente de la presente causa, el cómputo de secretaria de la Corte Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, de los días hábiles transcurridos desde la fecha de notificación del condenado, hasta el 5 de marzo de 2008, señalando como hábiles los días 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 de febrero y 3 y 4 de marzo de 2008. En este mismo sentido, se observa, que el recurso de casación fue interpuesto el 13 de julio de 2009, es decir un año, cuatro meses y nueve días después de fenecido el lapso establecido en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que dicho lapso comenzó el 11 de febrero de 2008 y, terminó el 4 de marzo del mismo año, lo cual a juicio de la Sala de Casación Penal, evidencia la extemporaneidad de la interposición del recurso de casación propuesto.

Dispositiva

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara inadmisible el recurso de casación propuesto por el ciudadano Israel Antonio González Abad, debidamente asistido por el abogado Jacinto Pantoja. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

derecho a la defensadoble instanciamotivaciónconstitucióngarantías judicialesrecursosjusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca