Sentencia N° 87 — Sala de Casación Civil del TSJ, 17 de marzo de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000087, Exp. 22-321, 17/03/2023
Expediente22-321
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-03-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por los demandados, revocando la sentencia del Juzgado Superior Décimo que había declarado con lugar la apelación por fraude procesal. Se establece que el juicio de resolución de contrato de arrendamiento, que fue objeto de la demanda de fraude, ya había sido decidido con carácter firme, lo que genera cosa juzgada. La Sala también declara inadmisible la demanda por fraude procesal presentada por Ziad Tabbouli, condenando en costas al demandante.
Extracto de la motiva
motivación aquí expresada…”. (Destacado de lo transcrito). Contra la precitada decisión, el apoderado judicial de la co- demandada Xiomara Violeta de Jesús Moreno de Iglesias, anunció recurso extraordinario de casación, el cual fue admitido mediante auto de fecha 20 de junio de 2022, y formalizado oportunamente. Hubo impugnación. En fecha 1° de julio de 2022, se recibió el presente expediente y se dio cuenta en Sala en fecha 21 de julio de 2022. En fecha 21 de julio de 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, se asignó la ponencia del presente caso al Magistrado Dr. Henry José Timaure Tapia. Concluida la sustanciación del recurso extraordinario de casación y cumplidas las demás formalidades de ley, pasa la Sala a dictar sentencia, bajo la ponencia del Magistrado que con tal carácter la suscribe, en los términos siguientes: -I- Conforme a lo señalado en fallos de esta Sala de Casación Civil, Nros. RC-254, expediente N° 2017-072, y RC-255, expediente N° 2017- IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 62 675, de fecha 29 de mayo de 2018; reiterados en sentencias Nros. RC- 156, expediente N° 2018-272, del 21 de mayo de 2019, y RC-432, expediente N° 2018-651 y RC-433, expediente N° 2019-012, de fecha 22 de octubre de 2019, y nuevamente ratificado en decisiones Nros. RC- 152, expediente N° 2019-507, de fecha 24 de septiembre de 2020, RC- 483, expediente N° 2021-028, de fecha 30 de septiembre de 2021, y RC- 133, expediente N° 2018-348, de fecha 16 de marzo de 2022, entre muchas otras decisiones reiteradas de esta Sala, y en aplicación de lo estatuido en decisión N° RC-510, expediente N° 2017-124, del 28 de julio de 2017 y sentencia de la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, N° 362, expediente N° 2017-1129, del 11 de mayo de 2018, CON EFECTOS EX NUNC y ERGA OMNES, A PARTIR DE SU PUBLICACIÓN, esta Sala FIJÓ SU DOCTRINA SOBRE LAS NUEVAS REGULACIONES EN EL PROCESO DE CASACIÓN
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso extraordinario de casación propuesto por los demandados recurrentes, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 3 de junio de 2022, en consecuencia, CASA TOTAL y SIN REENVÍO la sentencia recurrida y DECRETA SU NULIDAD ABSOLUTA. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda por fraude procesal incoada por el ciudadano Ziad Tabbouli, contra los ciudadanos Xiomara Violeta de Jesús Moreno de Iglesias, José Manuel Iglesias Moreno, Xiomara Iglesias Moreno, Giomar Iglesias Moreno, Violeta Iglesias Moreno, José Luis Iglesias Moreno, Asdrúbal García Sanabria y Henry Sánchez Valecillos, y en consecuencia la NULIDAD de la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2021, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.