Sentencia N° 861 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de diciembre de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000861, Exp. 25-605, 12/12/2025
Expediente25-605
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-12-12
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación anunciado por la representación judicial del ciudadano Héctor Rubén Coelles Carmona. La decisión se basa en la falta de formalización del recurso dentro del lapso establecido por la ley, lo que conlleva a la aplicación del artículo 325 del Código de Procedimiento Civil. Además, se condena al recurrente al pago de las costas procesales del recurso.

Extracto de la motiva

De acuerdo con lo previsto en la ley, en los casos en los cuales se anuncie el recurso de casación, el recurrente tiene la carga de presentar el escrito de formalización, a fin de que se juzgue y decida lo que en Derecho corresponda, siempre que se cumplan los lapsos previstos en la ley. Es oportuno significar que las normas que prevén el momento en que han de cumplirse los actos procesales, deben ser respetadas por todos cuantos son llamados a actuar dentro del juicio, pues de ese modo, se logra el equilibrio que debe existir entre las partes, se garantiza el derecho al debido proceso y se honra el principio de transparencia. En el caso de autos, la falta de actividad de la parte que anunció casación, acarrea el efecto procesal previsto por el legislador en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, el cual consiste en declarar perecido dicho medio de impugnación. Habida cuenta de las consideraciones precedentes, y sobre la base de la certificación citada previamente, la Sala advierte que en el presente caso resulta aplicable el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, la parte que anunció el recurso de casación no cumplió con su carga de formalizarlo; siendo así, el recurso de casación anunciado...

Dispositiva

PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por la representación judicial del ciudadano Héctor Rubén Coelles Carmona (tercero interesado), contra la sentencia dictada el 2 de abril de 2025, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. SE CONDENA al recurrente al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

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