Sentencia N° 854 — Sala de Casación Civil del TSJ, 8 de diciembre de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000854, Exp. 23-658, 08/12/2023
Expediente23-658
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-12-08
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra un auto que inadmitió un recurso extraordinario de casación. La decisión del juzgado de alzada fue considerada interlocutoria y no susceptible de casación inmediata, ya que no ponía fin al juicio. La Sala declaró SIN LUGAR el recurso de hecho, condenando a la parte recurrente al pago de costas.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia de las actas del expediente, en relación con el auto que declara la inadmisibilidad de la reconvención, que tal pronunciamiento no es recurrible en casación, pues al ordenarse la continuación del juicio, la sentencia definitiva pudiera reparar el gravamen causado por la interlocutoria dictada en el proceso donde fue propuesta la reconvención. De acuerdo con el criterio jurisprudencial transcrito, y la norma Adjetiva Civil antes examinada, se observa que la sentencia recurrida en casación es una interlocutoria que no pone fin al juicio ni impide su continuación, en consecuencia, se determina que el recurso extraordinario de casación propuesto es inadmisible. Así se decide. Ahora bien, en el caso de estudio, observa la Sala que la decisión contra la cual se anunció el recurso extraordinario de casación, fue dictada en la oportunidad de resolver la apelación contra la decisión de primera instancia, que declaró inadmisible la pretensión de disolución y liquidación de sociedad. En sintonía con lo expuesto, se advierte que la recurrida en casación no se subsume en la categoría de las llamadas sentencias “definitivas formales”, consideradas por la reiterada jurisprudencia de esta Sala “como aquellas decisiones dictadas por los tribunales superiores o de última instancia en la oportunidad de la definitiva, en las cuales en vez de resolver el fondo de la controversia, declara la nulidad y ordena la reposición de la causa”, dejando sin efecto la sentencia definitiva de fondo dictada por el tribunal de primera instancia. A mayor abundamiento, respecto a la admisibilidad del recurso de casación contra las sentencias interlocutorias, el penúltimo aparte del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, dispone: 'Al proponerse el recurso contra la sentencia que puso fin al juicio, quedan comprendidas en él las interlocutorias que hubieren producido un gravamen no reparado en ella, siempre que contra dichas decisiones se hubieren agotado oportunamente todos los recursos ordinarios.'

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada, contra el auto de fecha 13 de octubre de 2023, dictado por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas denegatorio del recurso extraordinario de casación, anunciado contra la sentencia de fecha 14 de agosto de 2023.

Palabras clave

casacióninterlocutoriassociedaddisoluciónliquidaciónprocedimiento civil

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