Sentencia N° 835 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de diciembre de 2025
TSJ/SCC, Sent. N° 000835, Exp. 24-616, 12/12/2025
Expediente24-616
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-12-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Henry José Timaure Tapia, dictó sentencia el 12 de diciembre de 2025, declarando con lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por los co-demandantes contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Lara. Se determinó que hubo un quebrantamiento de formas sustanciales del proceso al no haberse admitido la prueba de experticia grafotécnica promovida por la parte actora, lo que generó un estado de indefensión. La Sala ordenó la nulidad absoluta del fallo recurrido y la reposición de la causa al estado de que el tribunal de primera instancia se pronuncie sobre la admisión de las pruebas promovidas.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo. NO SE HACE CONDENATORIA EN COSTAS, del recurso de casación, dada la naturaleza del presente fallo. Queda de esta manera CASADA la sentencia impugnada. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. Particípese esta remisión al juzgado superior de origen, de conformidad con el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 47 de 49 Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil en Caracas, a los doce (12) días del mes de diciembre de dos mil veinticinco. Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación. Presidente de la Sala y Ponente, ____________________________ HENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA Vicepresidente, ____________________________ JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA Magistrada, ______________________________ CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS Secretario, ________________________________ PEDRO RAFAEL VENERO DABOIN IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 48 de 49 Exp. AA20-C-2024-000616 Nota: Publicada en su fecha a las Secretario, IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 49 de 49
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de los co-demandantes CARLOS JAVIER VELÁSQUEZ COLMENAREZ, PETRA DEL CARMEN VELÁSQUEZ COLMENAREZ, DULCE MARÍA VELÁSQUEZ COLMENAREZ y CARMEN CECILIA VELÁSQUEZ COLMENAREZ, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 7 de agosto de 2024, en consecuencia, CASA TOTAL y se DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA del fallo recurrido. SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el tribunal de primera instancia competente se pronuncie sobre la admisión de las pruebas promovidas por la parte actora.
Palabras clave
tacha de falsedadcasación civilindefensiónprueba grafotécnica