Sentencia N° 799 — Sala de Casación Civil del TSJ, 5 de diciembre de 2025
TSJ/SCC, Sent. N° 000799, Exp. 25-525, 05/12/2025
Expediente25-525
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-12-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Mauro Moisés Carvajal Mendoza, apoderado de Carmen Elena Páez de Mata, en un juicio por indemnización de daños y perjuicios. La Sala argumenta que no se ha configurado un desorden procesal que justifique la intervención excepcional, ya que los actos del procedimiento pueden ser sometidos a control judicial en segunda instancia mediante los recursos ordinarios.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Este Máximo Tribunal ha indicado de manera pacífica y reiterada que, “en el avocamiento deben utilizarse criterios de extrema prudencia y ponderación, tomando en consideración fundamentalmente, la necesidad de evitar graves IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 10 de 18 injusticias o una denegación de justicia, o que se encuentren en disputa cuestiones
Dispositiva
Se declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Mauro Moisés Carvajal Mendoza, apoderado judicial de la ciudadana Carmen Elena Páez de Mata, respecto del juicio por indemnización de daños y perjuicios, y daño moral, seguido por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar (expediente T-2-INST-2024-000141).