Sentencia N° 795 — Sala de Casación Civil del TSJ, 1 de diciembre de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000795, Exp. 23-545, 01/12/2023
Expediente23-545
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-12-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de diciembre de 2023, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Vicky Jacqueline Contreras Moncada, contra la sentencia dictada el 30 de junio de 2023 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del estado Táchira. La Sala consideró que el juez de la recurrida había vulnerado el derecho al debido proceso al desestimar la oposición presentada por la demandada sin permitir que el juicio se sustanciara conforme a las reglas del procedimiento ordinario.

Extracto de la motiva

“Así, en el procedimiento de partición, disciplinado en los artículos 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se distinguen dos etapas. La primera, contradictoria, en la que se disipa el derecho de partición y la contradicción relativa al dominio común o cuota de los bienes a partir, cuyo trámite se sigue por el procedimiento ordinario, siempre y cuando en la oportunidad de contestar la demanda hubiere oposición a dicha partición; la segunda etapa del proceso comienza con la sentencia que ponga fin a la primera fase del proceso de partición y es la partición propiamente dicha, en ella se designa un partidor quien realiza la distribución de los bienes. Ahora bien, cabe acotar, que el proceso de partición judicial puede ser de forma contenciosa o graciosa, ello se deriva del contenido de la norma rectora de dicho proceso, el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, cuando se prevé a las partes la oportunidad para discutir los términos de la partición haciendo oposición, sin la cual o si se presenta extemporánea, no hay controversia ni discusión y el juez debe considerar procedente la partición. Así, si no se hace uso de ese medio de defensa o se ejerce extemporáneamente, no hay controversia y el juez debe considerar ha lugar la partición.” (Énfasis de quien suscribe como ponente) Pues bien, de los criterios jurisprudenciales señalados con anterioridad, se logra evidenciar palmariamente, que el juicio de partición posee dos etapas bien diferenciadas: la primera referida a la discusión o contención que se presenta sobre la acción, determinada en el escrito de oposición y; la segunda que refiere la partición propiamente dicha que comienza con el nombramiento del partidor, una vez que ha quedado definitivamente firme la sentencia que resuelva la oposición. En el mismo sentido, el autor patrio Tulio Alberto Álvarez, señala que: “la frontera entre estas dos fases la marca, precisamente, la actitud de la parte demandada en la contestación de la demanda, y el contenido del artículo 780 del Código de Procedimiento Civil…” Ahora bien, con respecto a la primera etapa deben distinguirse dos situaciones: a) si se presentó escrito de oposición o, b) si no se hizo, y ello, resulta de cardinal importancia porque marcaría la finalización del proceso o el pase a sustanciación bajo las reglas del procedimiento ordinario previsto en el artículo 338 y siguientes de la ley ritual adjetiva civil. Así, cuando se presenta oposición a la demanda de partición, el

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 30 de junio del año 2023, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; SEGUNDO: Se ANULA el fallo recurrido; TERCERO: Se REPONE LA CAUSA al estado de promoción de pruebas una vez que conste en autos la notificación de las partes.

Palabras clave

particiónprocedimiento civiloposiciónjuicioetapassentencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca