Sentencia N° 775 — Sala de Casación Civil del TSJ, 24 de noviembre de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000775, Exp. 23-420, 24/11/2023
Expediente23-420
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-11-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 24 de noviembre de 2023, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Gustavo José Galindo Arana contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que había confirmado la decisión de primera instancia. La apelación se basaba en la incongruencia positiva y el silencio de pruebas, alegaciones que fueron desestimadas por la Sala, que consideró que el juez de alzada actuó conforme a derecho al confirmar las medidas cautelares decretadas anteriormente y al no incurrir en los vicios denunciados por el recurrente.

Extracto de la motiva

El Tribunal Aquo decreto las siguientes Medidas Cautelares de Prohibición de Enajenar y Gravar, ".. .Sobre los bienes INMUEBLES pertenecientes a PREMEZCLADOS APURE C.A., según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 2 de mayo de 2007, bajo el número 25, folios 196, Protocolo Primero, Tomo Décimo primero, Segundo trimestre y documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 29 de enero de 2010, bajo el número 2010.144, asiento registral 1 del inmueble matriculado 271.3.6.1.2389, correspondientes al libro de folio real referido año consistente en: Un lote de terreno con una superficie de DIEZ MIL METROS CUADRADOS (10.000 m2) con los siguientes linderos: Norte: Avenida Los centauros con una longitud de 100 metros, SUR: Terrenos Municipales con la longitud de 100 metros, ESTE: Terreno de Guerino Ciufoli con una longitud de 100 metros, y OESTE: Terreno que es o fue de Marcos Pascuales con una longitud de 100 metros. Un lote de terreno con una superficie de VEINTE MIL METROS CUADRADOS (20.000 m2) con los siguientes linderos: Norte: terrenos de COPRECA, CEMEX, Vicente Cabrigia y Galpones de Salvador Di Prisco, con una longitud de 199 metros, SUR: terrenos municipales con una longitud de 195,5 metros, ESTE: terreno municipal con una longitud de 195,6 metros, y OESTE: terreno municipal con una longitud de 100,8metros. (...) solicitud de decretar MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, solicitada,... consistente en prohibir al Registro Mercantil Primero del Estado Apure, la Tramitación o inscripción de actas de asamblea, contratos o documentos de cualquier naturaleza, certificación de libros, expedición de títulos o certificaciones, modificaciones estatuarias, referidos directa o indirectamente la Sociedad Mercantil PREMEZCLADOS APURE C.A, constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil del Estado Apure en fecha 15 de marzo de 2007, bajo el nro. 39, Tomo 56-A, y que se abstenga de dar curso a solicitudes o tramites, hasta tanto se resuelva la presente controversia, o hasta tanto este Tribunal lo autorice específicamente... ... Se declara PROCEDENTE la solicitud de decretar MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA... consistente en evitar y prohibir cualquier intento o acto, hecho u orden por parte del ciudadano GUSTAVO JOSÉ GALINDO ARANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N" 18.993.394 (entredicho propietario del inmueble protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 30 de julio de 2020, bajo el número 2020.2237, Asiento Registral del Inmueble matriculado con el número 271.3.6.1.28855, correspondiente al libro del folio real del año 2020, objeto de las medidas cautelares) y MARÍA ISABEL BUENO PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N" 14.948.533, (entredicha representante de la Empresa Mercantil PREMEZCLADOS APURE C.A.); que implique irrupción, permanencia de personas, ocupación, despojo, perturbación, injerencia, ejecución de obras o despojo de los bienes muebles 'propiedad de la Empresa Mercantil PREMEZCLADOS APURE C.A... Se declara PROCEDENTE la solicitud de decretar MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA... consistente en la designación judicial de un ADMINISTRADOR AD HOC, que se encargue de los simples actos de administración de la Empresa Mercantil PREMEZCLADOS APURE C.A, conjuntamente con los órganos naturales, conforme a la estructura de la Organización del Estatuto Societario, así como de la administración de los bienes objetos del presente juicio; quedando prohibido actos que excedan la simple administración, actos de disposición o actos que en alguna forma comprometan el destino el destino del patrimonio que se administra; debiendo informar periódicamente al juez de la causa ..."

Dispositiva

SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte co-demandada el ciudadano GUSTAVO JOSÉ GALINDO ARANA contra la sentencia dictada el 6 de junio de 2023, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, con sede en San Fernando de Apure. Se CONDENA en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

nulidadacta de Asambleacasaciónmedidas cautelares

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