Sentencia N° 770 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de diciembre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000770, Exp. 22-334, 12/12/2022
Expediente22-334
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-12-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 12 de diciembre de 2022, declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada, JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de Zulia. La decisión se fundamentó en la existencia de incongruencias en la sentencia recurrida, donde se alegó que no se pronunció sobre todos los alegatos presentados, lo que constituye un vicio de incongruencia negativa y afecta el derecho a la defensa de la parte demandante.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.- Ahora bien, la parte demandada, junto a su escrito de contestación a la demanda, promovió los siguientes medios probatorios: Copia fotostática de instrumento que corre inserto al folio 73 de la pieza maraca como principal 01, contentiva de cédula de identidad No. V- 5.170.071, perteneciente al ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ, antes identificado. Por cuanto el antes referido medio probatorio se trata de una copia simple de un instrumento público administrativo, esta Juzgadora lo valora de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 08 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, y del mismo se desprende la identidad de la parte demandada en la presente causa. ASÍ SE VALORA.- Copia simple de instrumento que riela del folio 74 al folio 76 de la pieza marcada como principal 01, contentivo de sentencia No. 31 de fecha 07 de julio de 2008, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con ocasión a la solicitud de divorcio intentada por los ciudadanos TAVANET BERENISA PÉREZ y JOSÉ ANTOIO (sic) FERNÁNDEZ. Al ser el instrumento especificado ut supra una copia simple de un documento público judicial, es valorado por ésta Juzgadora, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. Del mencionado instrumento se desprende la disolución del vínculo matrimonial de los ciudadanos TAVANET BERENISA PÉREZ MORALES y JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ, la cual fue puesta en estado de ejecución en fecha 16 de julio de 2008. ASÍ SE APRECIA.- Instrumentos originales que rielan del folio 77 al folio 79 de la pieza marcada como principal 01, contentivos de pruebas de fertilidad de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO FERNÁN
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de abril de 2022. Se CONDENA en costas del recurso a la parte recurrente.
Palabras clave
unión concubinariarecurso de casaciónincongruencia negativa