Sentencia N° 746 — Sala de Casación Civil del TSJ, 17 de noviembre de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000746, Exp. 23-440, 17/11/2023
Expediente23-440
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-11-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada, JESÚS ANTONIO PARRA LÓPEZ, contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. La sentencia recurrida había declarado con lugar la demanda de desalojo por vencimiento de la prórroga legal. La parte recurrente alegó incongruencia negativa y silencio de pruebas, argumentando que el juez no resolvió adecuadamente las defensas planteadas y no valoró pruebas relevantes que demostraban la existencia de una relación arrendaticia a tiempo indeterminado.
Extracto de la motiva
Ahora bien, conforme a lo anteriormente explanado, en el caso que nos ocupa, el punto álgido del asunto constituye la inobservancia cometida por el juzgador de segundo grado de jurisdicción cuando quebranta el ordinal 5° del mencionado artículo citado, inficionando su acto de juzgamiento por la incongruencia negativa, sobre la cual se centrará el contenido de la presente denuncia, ya que el judicante no resolvió de manera expresa, positiva y precisa las defensas opuestas por ésta representación judicial. Pues bien, la sentencia de Alzada objeto del presente recurso, viciada de incongruencia negativa, de forma pormenorizada indicó los alegatos de las partes, tanto en su demanda como en la contestación. Sin embargo, una vez pasó a su valoración, la recurrida omitió pronunciarse sobre cierto alegato formulado en la contestación para refutar uno de los fundamentos de la demanda. Para mayor abundamiento, trascendiendo al caso en concreto, puede leerse el Tribunal Superior, conociendo en apelación fijó expresamente en la recurrida los límites de la controversia según el siguiente tenor: ‘Conforme a los alegatos del demandante y las defensas y excepciones opuestas por la accionada, se indica que la presente controversia queda circunscrita a la pretensión del desalojo del local comercial ubicado en la calle 1, entre carreras 9 y 10, Barrio El Carmen, La Concordia, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, el cual es propiedad de la sociedad mercantil Embotelladora Occidental, C.A., destinado única y exclusivamente para taller y estacionamiento de automotores; ello bajo el alegato del incumplimiento de la obligación legal y contractual de entregar el inmueble arrendado al terminarla duración de los contratos de arrendamiento el 30 de junio de 2008, por imperio de la ley y por expreso convenio entre las partes, por lo que comenzó a transcurrir la prorroga legal de dos años, el cual culmino el 30 de junio de 2010, y que por lo tanto el arrendatario debía entregar el inmueble arrendado en esa fecha, sin necesidad de notificación alguna. Ante ello, la demandada pretende enervar la pretensión de la demandante y se excepciona al lapso de la prórroga legal establecida, indicando además que en la contestación de la demanda realizada promovió pruebas con la finalidad de demostrar la relación arrendaticia, su duración, el pago puntual de cánones de arrendamiento, lapso de prórroga legal y la ocurrencia de la tacita reconducción del contrato de arrendamiento para convertirse en una relación arrendaticia a tiempo indeterminado, conforme a lo establecido en los artículos 1.600 y 1.614 del Código Civil.’
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado en fecha 13 de junio de 2023, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal, de fecha 5 de junio de 2023. Se CONDENA en costas del recurso a la parte recurrente.
Palabras clave
desalojoprórroga legaltácita reconducciónincongruencia negativasilencio de pruebas