Sentencia N° 7 — Sala de Casación Civil del TSJ, 13 de febrero de 2026
TSJ/SCC, Sent. N° 000007, Exp. 25-802, 13/02/2026
Expediente25-802
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-02-13
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil, declara perecido el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte demandada, ciudadana Rosa Adelaida Peña Paradas, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario. Se establece que el recurso no fue formalizado dentro del lapso previsto, lo que conlleva a su declaración de perecido.
Extracto de la motiva
Como consecuencia de la precedente consideración, es aplicable al caso bajo estudio, el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, al verificarse que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación NO FUE CONSIGNADO DENTRO LAPSO PREVISTO en el artículo 317 eiusdem, ante la Secretaría de esta Sala de Casación Civil, vale reiterar, antes del vencimiento del término de los cuarenta (40) días continuos, el cual conforme al cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala, transcurrió desde el día 23 de octubre de 2025, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio respectivo y venció el 1 de diciembre de 2025, dejándose constancia que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación no fue presentado ante esta Sala, y trayendo como consecuencia jurídica y directa, que el medio recursivo anunciado por la parte demandada, y admitido por la alzada, debe ser declarado PERECIDO, dado que de recibirse el expediente con la formalización o el escrito de formalización fuera del lapso para su presentación, se le estaría violentando el derecho a la defensa a la parte contraria, la cual se vería indefensa para presentar su escrito de impugnación o contestación a la formalización dentro del lapso preclusivo y excluyente, siguiente al vencimiento del lapso de formalización.
Dispositiva
PERECIDO el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte demandada, ciudadana ROSA ADELAIDA PEÑA PARADAS, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de julio de 2025. Se CONDENA a la parte demandada, al pago de las costas procesales del recurso.
Palabras clave
recurso de casaciónprocedimiento civilderecho a la defensaplazos procesalessentenciaapelación