Sentencia N° 696 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de diciembre de 2024
TSJ/SCC, Sent. N° 000696, Exp. 24-310, 12/12/2024
Expediente24-310
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-12-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
En el juicio por desalojo de un local comercial, el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y con lugar la demanda por desalojo. Posteriormente, se anunció un recurso extraordinario de casación que fue inadmitido por no cumplir con la cuantía necesaria. La Sala de Casación Civil, al revisar el caso, determinó que la cuantía no excedía el mínimo requerido para acceder a la casación, confirmando la inadmisibilidad del recurso extraordinario.
Extracto de la motiva
En este sentido, la misma se estableció en la cantidad de “UN MIL CIENTO CUARENTA Y TRES BOLÍVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs.1.143, 80), en el mismo orden de ideas, la cuantía no fue impugnada, por lo que la misma quedó fija. Ahora bien, la Sala observa que para la fecha en la cual se presentó la reforma de la demanda (19 de diciembre de 2022), la cuantía exigida para acceder a sede casacional era el excedente de tres mil (3.000) veces el tipo de cambio vigente, por lo que se debe considerar que la cuantía establecida en la reforma de la demanda es la que debe prevalecer para efectos de determinar la admisibilidad del recurso extraordinario de casación. Por lo tanto, se concluye que la cuantía no fue alterada, sin embargo, se debe tomar como fecha para determinar el cómputo de la cuantía, la correspondiente a la fecha de la reforma de la demanda. Así se declara.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra el auto del 15 de abril del año 2024, dictado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. Se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales del recurso, de conformidad con la ley.
Palabras clave
desalojoreforma de demandacuantíacasaciónprocedimiento civil