Sentencia N° 684 — Sala de Casación Civil del TSJ, 30 de octubre de 2025
TSJ/SCC, Sent. N° 000684, Exp. 25-464, 30/10/2025
Expediente25-464
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-10-30
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada, JESÚS RAFAEL LEZAMA, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, que había confirmado la decisión de primera instancia. Se establece que el recurso no fue formalizado dentro del lapso previsto por el Código de Procedimiento Civil, lo que lleva a la declaración de su perecimiento.
Extracto de la motiva
Como consecuencia de la precedente consideración, es aplicable al caso bajo estudio, el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, al verificarse que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación NO FUE CONSIGNADO DENTRO DEL LAPSO PREVISTO en el artículo 317 eiusdem, ante la Secretaría de esta Sala de Casación Civil, vale reiterar, antes del vencimiento del término de los cuarenta (40) días continuos más el término de la distancia, el cual conforme al cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala, transcurrió desde el día 20 de marzo de 2025, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio respectivo y venció el 30 de abril de 2025, dejándose constancia que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación no fue presentado ante esta Sala, y trayendo como consecuencia jurídica y directa, que el medio recursivo anunciado por la parte demandada, y admitido por la alzada, debe ser declarado PERECIDO, dado que de recibirse el expediente con la formalización o el escrito de formalización fuera del lapso para su presentación, se le estaría violentando el derecho a la defensa a la parte contraria, la cual se vería indefensa para presentar.
Dispositiva
PERECIDO el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte demandada, ciudadano JESÚS RAFAEL LEZAMA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, en fecha 5 de diciembre de 2024.