Sentencia N° 680 — Sala de Casación Civil del TSJ, 22 de noviembre de 2022

TSJ/SCC, Sent. N° 000680, Exp. 22-042, 22/11/2022
Expediente22-042
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-11-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandante, YAMILET ANICETA ACOSTA ARAGÓN, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, que había confirmado la decisión de un juzgado inferior. La parte recurrente alegó violaciones a máximas de experiencia y a normas del Código de Procedimiento Civil y la Constitución, pero la Sala concluyó que no se demostró la existencia de la unión concubinaria alegada, lo que llevó a desestimar la pretensión de la demandante. Además, se condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

motiva su fallo establece lo siguiente “… así como tampoco demostró la existencia de un hogar común u otra forma de convivencia…” para concluir que no quedó probada la relación concubinaria entre la demandante y el demandado. En consecuencia la recurrida valora parcialmente el documento público administrativo que consta del folio 25 al 27, al ignorar que en el mismo la parte demandada suministro su residencia en enero del año 2017 y la ubicó en el mismo lugar donde la actora ha alegado y las demás pruebas ratifican. La prueba silenciada parcialmente comprueba que el domicilio del demandado es el mismo que la actora ha alegado y las demás pruebas reafirman. Por todo ello solicitamos de este tribunal al dictar el fallo sin reenvió valore la totalidad de la prueba documental que consta al folio 25 al 27 de la primera pieza del expediente. Razones por las cuales resultaron violados los artículos 509 del Código de Procedimiento Civil y 77 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y los motivos de su aplicación. La violación del artículo 509 del código procesal común en la cual incurre la recurrida ocurre por su falta de aplicación al no haber valorado totalmente la prue

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 11 de marzo de 2020.

Palabras clave

casacióncivilunión concubinariamáximas de experiencia

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