Sentencia N° 67 — Sala de Casación Civil del TSJ, 23 de febrero de 2024
TSJ/SCC, Sent. N° 000067, Exp. 23-770, 23/02/2024
Expediente23-770
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-02-23
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de hecho propuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del Juzgado Superior que inadmitió el recurso extraordinario de casación. La sentencia de fecha 20 de julio de 2023, que declaró la insuficiencia del poder del abogado Carlos E. Velásquez, fue confirmada, ya que se consideró que no se trataba de una decisión definitiva y que no ponía fin al juicio. Se condena a la parte recurrente al pago de las costas del recurso.
Extracto de la motiva
Expuesto lo anterior, este juzgador constata; que del poder otorgado por la parte demandada no se evidencia que el abogado ya referido tuviera la facultad para actuar en el juicio de Reivindicación en nombre de la misma, esto configura una manifestación contraria a derecho, quedando evidenciada la Insuficiencia del instrumento para actuar con el carácter de apoderado Judicial en la presenta causa. Y ASI SE ESTABLECE. Por las razones anteriores y, además, por los presupuestos fácticos del caso sometido al estudio y decisión de este órgano jurisdiccional, es que a juicio de quien sentencia, el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carlos Velásquez (IPSA N° 30.871), sustanciado conforme a Ley, debe ser Declarado Sin Lugar y, en consecuencia, se procede a confirmar la decisión judicial recurrida, tal como será establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Y ASÍ SE DECIDE.
Dispositiva
SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada, contra el auto de fecha 18 de septiembre de 2023, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre denegatorio del recurso extraordinario de casación, anunciado contra la sentencia de fecha 20 de julio de 2023, dictada por el referido juzgado de alzada.