Sentencia N° 650 — Sala de Casación Civil del TSJ, 15 de noviembre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000650, Exp. 22-355, 15/11/2022
Expediente22-355
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-11-15
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por el demandante, GIOVANNI DAL MOLIN ALESSI, contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del estado Táchira. La decisión se basa en la falta de técnica en la fundamentación del recurso, lo que impide a la Sala conocer del mismo. Además, se condena al recurrente al pago de las costas procesales del recurso extraordinario.
Extracto de la motiva
Así pues, la Sala evidencia la imprecisión del vicio en que se encuentra incursa la sentencia a juicio del recurrente, dado que si lo pretendido es delatar error en la aplicabilidad de un criterio jurisprudencial específico, ha debido fundamentarlo bajo el amparo del ordinal 2° del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, lo que imposibilita a esta Sala, por falta de técnica grave en su formulación, el conocimiento a fondo del mismo. En conclusión, se debe aclarar que, aun cuando esta Sala en atención a lo dispuesto en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debe velar que no se sacrifique la justicia por la omisión de formalidades no esenciales, no obstante, en el presente caso, el recurrente omitió el cumplimiento de formas esenciales en su escrito de formalización, tal y como se determinó en el párrafo.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones de hecho y de derecho, el Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 15 de junio de 2022, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal.